El 14 de julio de 2024, la Comisión Tercera de Senado aprobó en primer debate el proyecto de ley que establece topes al Impuesto Predial para el año 2025. A continuación, se resumen los principales puntos de esta iniciativa:
Predios urbanos y rurales de vivienda:
- Avalúo catastral entre 135 y 250 SMLMV: Incremento máximo del 75% sobre el valor liquidado en el año 2024.
- Avalúo catastral superior a 250 SMLMV: Se aplicará la tarifa general establecida por cada municipio o distrito.
Predios rurales:
- Avalúo catastral entre 135 y 250 SMLMV: Incremento máximo del 75% sobre el valor liquidado en el año 2024.
- Avalúo catastral superior a 250 SMLMV: Se aplicará la tarifa general establecida por cada municipio o distrito.
Terrenos baldíos:
- Se aplicará un impuesto del 1% sobre el avalúo catastral.
Excepciones:
- Predios que hayan sido objeto de renovación urbana: No se aplicarán los topes establecidos en la ley.
- Predios propiedad de entidades estatales: No se aplicarán los topes establecidos en la ley.
Es importante tener en cuenta que este proyecto de ley aún se encuentra en trámite y debe ser aprobado en segundo debate por la Comisión Tercera de Senado y en plenaria de Senado y Cámara de Representantes. De ser aprobado, entraría en vigencia para el año fiscal 2025.
Fuentes: