Recuerden que el predial es el impuesto sobre la propiedad inmueble (casa, lote, terreno, finca…) y se genera por la existencia del predio. Es una renta que reciben los municipios y distritos, que tienen a su cargo su administración, recaudo y control. Esto permite la concesión de exenciones tributarias, así como la adopción de tarifas preferenciales con fines extrafiscales propios de los impuestos.
La base gravable de este impuesto, es decir el valor sobre el cual se debe liquidar, depende del avalúo catastral.
Este impuesto se debe pagar cada año en las alcaldías de los municipios y en las Secretarías de Hacienda. Cada municipio es autónomo de ofrecer descuentos a los ciudadanos y facilidades de pago a los morosos.
Por eso si tiene una propiedad debe dirigirse a las alcaldías a saldar su deuda.
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